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El gobierno buscará ampliar la moratoria impositiva y llegar a mas contribuyentes

El gobierno buscará ampliar la moratoria impositiva y llegar a mas contribuyentes

El proyecto que el gobierno nacional envió a la Cámara de Diputados, amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente a todas las personas jurídicas y humanas, es decir que le permitirá regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

La nueva ampliación permitirá cancelar deudas vencidas hasta el 30 de julio de 2020, con un plazo de adhesión que se culminará el 31 de octubre, en tanto que la primera cuota deverá pagarse a partir del 16 de noviembre y los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social y de entre 96 y 120 cuotas para  las obligaciones tributarias y aduaneras.

Según se informó, la deuda exigible en materia impositiva, previsional y aduanera que no está regularizada y que puede ser considerada dentro de una ampliación de moratoria es de $281.700 millones, entre personas físicas y jurídicas. El monto total asciende a $500.000 millones al sumar los planes de regularización vigentes.

La regularización tendrá una  tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa) y se ncluirá un condonación parcial de intereses y del total de multas vigentes.

Además el modelo permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).

Finalmente hay que destacar que para las empresas de mayor tamaño que se adhieran al beneficio, el proyecto fija algunas limitaciones, ya que durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

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