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ATP: Suman 15 nuevos sectores

ATP: Suman 15 nuevos sectores

El Gobierno incluyó 15 nuevos sectores como críticos y los incluyó en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), a través de la Decisión Administrativa 1760/2020, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La mayoría de las actividades que ingresan al programa pertenecen al sector turístico. Entre las 15 se cuentan los servicios para la aeronavegación y complementarios para el transporte aéreo, alquiler de automóviles sin conductor, equipos de transporte y equipos de transporte para vías acuáticas y aéreas.

También los sectores de elaboración de vinos, la fabricación de accesorios de vestir de cuero, la confección de prendas de vestir de cuero, la terminación y teñido de pieles y la fabricación de artículos de piel. Artículos de talabartería y artículos regionales, de marroquinerías y paraguas.

La medida adopta las recomendaciones del Acta 21 del Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP, que contempla la necesidad de “ampliar la nómina de las actividades que se consideran afectadas en forma crítica” y recomendó que “la asistencia a estos sectores retorne a niveles similares a los de la primera ronda de la ATP”. 

Por lo tanto, sube el actual piso de un salario mínimo, vital y móvil, equivalente a $16.875 a 1,25 SMVM; es decir, $21.093,75 para otorgar el beneficio de Salario Complementario.

El Gobierno también estableció la modalidad de instrumentación de la sexta etapa del ATP, para auxiliar a las empresas con el pago de los salarios de septiembre. De este modo, se consideró que “el salario neto resulta equivalente al 83% de la remuneración bruta devengada en agosto 2020, exteriorizada en la declaración jurada de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período”. 

Y se precisó que “el Salario Complementario a asignar como beneficio debe resultar equivalente al 50% del salario neto. El resultado así obtenido no podrá ser menor a la suma del 1,25 de salario mínimo, vital y móvil ($21.093,75) ni superior a la suma equivalente a dos SMVM ($33.750)”.

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