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Legalizan el autocultivo de cannabis para uso medicinal

Legalizan el autocultivo de cannabis para uso medicinal

A través del Boletín Oficial, la administración nacional dispuso una nueva reglamentación para la ley de uso medicinal de cannabis.

La medida "facilita e impulsa la investigación científica orientada a los posibles usos terapéuticos", a fin de asegurar "el acceso a las terapias de forma segura e informada para todos los usuarios y usuarias", incluso a través del "autocultivo o el cultivo solidario". 

Además, indica que las obras sociales, el Estado y las prepagas "garanticen" ese acceso. Además, aclara que los pacientes que no se atiendan en el sistema público de salud, “la cobertura deberán brindarla las Obras Sociales y Agentes del Seguro de Salud del Sistema Nacional, las demás obras sociales y organismos que hagan sus veces creados o regidos por leyes nacionales, y las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga”.

Entre otros puntos, la normativa establece la creación de “un registro específico para usuarias y usuarios que cultivan Cannabis para fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos”. Para eso, el artículo 8 estipula la creación del Registro del Programa de Cannabis (Reprocann), donde se pueden inscribir para recibir la autorización para el cultivo personal o en red.

Un dato no menor es que “la Autoridad de Aplicación fomentará y priorizará, en vistas de la eficiencia en el uso de los recursos, a la producción regional y aquella realizada a través de los laboratorios públicos nucleados en la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP)”.

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