TRANSMISIÓN EN VIVO
CódigoBAIRES, de lunes a viernes de 8 a 12 Conduce Maxi Pérez

AFIP reglamentó la Ley de Aporte Solidario y fijó el plazo para el pago

AFIP reglamentó la Ley de Aporte Solidario y fijó el plazo para el pago

La titular de AFIP, Merceder Marcó del Pont, firmó la reglamentación del Aporte Solidario y Extraordinario y estableció que los sujetos alcanzados deberán realizar la presentación de la declaración jurada y el ingreso del saldo resultante hasta el 30 de marzo de 2021. La fecha a considerar para la valuación de los bienes es la de entrada en vigencia de la Ley, es decir el 18 de diciembre de 2020, se informó oficialmente.

El organismo estableció la normativa relativa a la presentación de la declaración jurada, ingreso del aporte y otros aspectos establecidos en la Ley 27.605 y su Decreto Reglamentario N° 42/2021, con la idea de morigerar los efectos de la pandemia de coronavirus mediante un aporte de los patrimonios superiores a los 200 millones de pesos

El aporte alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país por la totalidad de sus bienes en el país y en el exterior y a las personas humanas y sucesiones indivisas no residentes, por la totalidad de sus bienes en el país, siempre que los mismos superen la suma de $200 millones.

El decreto reglamentario instruye a la AFIP a instrumentar regímenes de información para detectar maniobras tendientes a eludir el pago del aporte a través de variaciones patrimoniales.

El proyecto, que se convirtió en ley el pasado 4 de diciembre, fue impulsado por el presidente del bloque oficialista en la Cámara baja, Máximo Kirchner, con el objetivo de recaudar alrededor de 300 mil millones de pesos para volcar a planes productivos y sanitarios.

La iniciativa prevé el cobro de 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado hasta la fecha de la promulgación de la ley más de 200 millones de pesos. Esa tasa se elevará al 2,25% en casos bienes por entre 300 y 400 millones de pesos, al 2,50% entre 400 y 600 millones y al 2,75% cuando sea de 600 a 800 millones.

Subirá al 3% cuando los patrimonios oscilen entre 800 millones y 1.500 millones; al 3,25% para el rango de 1.500 a 3.000 millones de pesos, y a partir de esa cifra será del 3,5%.

Se estima que los fondos recaudados irán un 20% a la compra o elaboración de equipamiento médico e insumos sanitarios, un 20% a subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, un 20% destinado al programa integral de becas Progresar, un 15% para el Fondo de Integración Socio Urbana y un 25% a programas y proyectos de exploración, desarrollo y producción de gas natural.

La resolución con las definiciones sobre el Aporte Solidario y Extraordinario será publicada en el Boletín Oficial en los próximos días.

Comentarios
Más de Economía