TRANSMISIÓN EN VIVO
CódigoBAIRES, de lunes a viernes de 8 a 12 Conduce Maxi Pérez

El Municipio destina 10 millones para créditos de viviendas

El objetivo es la entrega de créditos municipales para adquirir viviendas industrializadas y/o premodeladas.

El Municipio destina 10 millones para créditos de viviendas

A través de la Ordenanza 6528 la Municipalidad de 9 de Julio, mediante el proyecto impulsado por el intendente Mariano Barroso, se determinó la creación de un fondo para la adquisición y/o construcción de viviendas, con el programa “Tu Casa”. El objetivo es la entrega de créditos municipales para adquirir viviendas industrializadas y/o premodeladas.

La fecha de inscripción para los aspirantes es del 13/10 al 12/11 del 2021.

Las unidades habitacionales deberán contar con un plano de hasta 50 m2 de superficie, con destino a vivienda única familiar y de ocupación permanente, ademas de estar ubicadas dentro del radio del partido de 9 de Julio.

En este marco, la Secretaría de Vivienda y Urbanismo del municipio, pondrá a disposición del beneficiario 3 modelos de planos de viviendas de carácter social, mediante los cuales el beneficiario puede acceder a exenciones de la tasa mencionada.

El Intendente explicó que "desde el año pasado venimos trabajando en esta ordenanza, incorporamos los fondos en este presupuesto 2021 y por eso la intención era sacarla este año. Es una ordenanza única en la Provincia de Buenos Aires. Me están llamando algunos intendentes para pedírmela."

"Es un crédito hipotecario municipal, un fondo que hemos destinado de diez millones de pesos. Lo hemos sacado del Presupuesto, no teníamos ningún índice para eso. Es una prueba piloto entre 14 y 17 créditos para este año y la intención es triplicar los fondos para el año próximo: queremos ser eficientes con los gastos. Queremos dejar esta herramienta de financiación para el próximo intendente", añadió el jefe comunal.

Asimismo, se conformó un Comité que va a decidir quiénes son los beneficiarios. "Es un crédito con garantías y hay que reasegurarse que el Estado Municipal los cobre, para poder volver a prestar servicio", comentó Barroso quien aclaró que los aspirantes deberán tener un lote propio.

twitter.com/barrosoed/status/1448310992564273155

REQUISITOS PARA ACCEDER A LAS VIVIENDAS:

Se establecen como requisitos para ser adjudicatarios, y por lo tanto inscribirse en el Registro Único de Postulantes, los siguientes puntos:

a) constituir o acreditar grupo familiar conviviente;

b) ser mayor de dieciocho (18) años de edad;

c) acreditar una antigüedad mínima de cinco (5) años de residencia estable e ininterrumpida en el Partido de Nueve de Julio

d) Los ingresos del grupo familiar no podrán superar los 7 (siete) Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM) que fija el Gobierno Nacional;

e) ninguno de los integrantes del grupo familiar debe ser beneficiario de ninguna vivienda o terreno otorgado por el Estado Argentino (Nacional, Provincial o Municipal); salvo el destinado a instalar la vivienda referida en el artículo 1º.-

f) ninguno de los integrantes del grupo familiar deberá ser titular registral de bienes inmuebles; salvo el destinado a instalar la vivienda referida en el artículo 1º.-

g) no formar parte del listado de deudores morosos de alimentos, ni ser parte en juicio vigente patrimonial en que el estado municipal también revista tal carácter, como así tampoco haber recibido orden de desalojo judicial.

La consignación de datos falsos en la declaración jurada de inscripción, será causal de la baja automática del postulante o del adjudicatario.

Asimismo no podrán ser adjudicatarios quienes hayan comercializado viviendas de carácter social y/o quienes hayan incurrido en incumplimientos anteriores de las obligaciones de las actas de adjudicación de viviendas de planes sociales, de decretos municipales referidos a otorgamiento de viviendas sociales.

A su vez no podrán inscribirse quienes hayan sido adjudicatarios de otros planes de viviendas financiados y entregados por el Estado (Nacional, Provincial y/o Municipal), salvo aquellos casos en que se pruebe la conformación de un nuevo grupo familiar y luego de transcurridos más de diez (10) años de la anterior adjudicación.

DOCUMENTACIÓN

Los interesados en acceder a los créditos deberán presentar:

a) DNI de los integrantes del grupo familiar. b) DDJJ (formulario de inscripción) al Registro de aspirantes. c) Documentación que acredite ingresos del grupo familiar y antigüedad laboral/ beneficio. d) Documentación respaldatoria que acredite la titularidad del inmueble o legitima adjudicación. e) Garantías.

CUOTAS, GARANTÍAS Y DETALLES

La cuota resultante del crédito no debe superar el 40% del ingreso bruto total del grupo familiar.

Garantía: Se requerirá para el otorgamiento del crédito, la firma personal del tomador y de un fiador, quienes no deberán encontrarse inhibidos, acreditando ingresos con recibo de sueldo o declaración de ingresos, debiendo tener una antigüedad comprobable de al menos 2 años.-

Desembolso: Una vez presentada la reforma, y encontrándose la misma en concordancia con las condiciones establecidas en el presente, se realizará el desembolso en favor del beneficiario, quien en el plazo de 30 (treinta) días corridos deberá acreditar, mediante las facturas correspondiente, la adquisición de la vivienda y/o los materiales para la construcción correspondientes. Para ello el beneficiario deberá acreditar una cuenta bancaria de su titularidad, a los fines de ser depositada en ella todos los desembolsos que realice el Municipio.

 
TÓPICOS RELACIONADOS
#9 de Julio#municipio
Comentarios
Más de Municipales