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Qué hacer si no fuiste a votar

Si no te hiciste presente para votar en las PASO, tenés 60 días para regularizar tu situación electoral. Acá los pasos a seguir y de cuánto son las multas por no votar.

Nazareno Napal
14/08/2023
Qué hacer si no fuiste a votar

En el día de ayer tuvieron lugar las Elecciones Primarias Absolutas Simultáneas y Obligatorias (PASO), en la cual los ciudadanos de la República Argentina eligieron a los candidatos que competirán en las elecciones generales de octubre. Aquellos que no hayan votado, deben tener en cuenta que existen consecuencias legales por no haber cumplido con este deber cívico.

Según el Código Electoral Nacional, los electores de 18 a 70 años que no hayan votado y no justifiquen su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección, deberán pagar una multa que va desde los $50 a los $500. De no hacerlo, quedarán registrados como infractores al deber de votar y no podrán realizar trámites o gestiones públicas durante un año. 

Para justificar tu ausencia y evitar la multa, el motivo de no haber ido a votar, tiene que ser alguno de los siguientes:

- Estabas a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde debías votar. En este caso, debés presentar ante la autoridad policial más próxima un certificado que acredite tu ubicación el día de la elección.

- Estabas enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor. En este caso, debés presentar ante un médico del servicio de sanidad un certificado que acredite tu impedimento.

- Formabas parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estabas impedido de asistir a votar. En este caso, debés presentar ante tu empleador una constancia que acredite tu situación laboral el día de la elección. 

- Sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional debías asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante las elecciones. En este caso, debés presentar ante la Justicia Electoral una constancia que acredite tu función el día de la elección.

El certificado que obtengas, debe ser presentado ante la Justicia Electoral dentro de los 60 días posteriores a la elección. Podés hacerlo personalmente en la sede correspondiente a tu distrito, por correo postal o correo electrónico. También podés hacerlo online, ingresando al Registro de Infractores al Deber de Votar con tu número de DNI.

Si no justificar tu ausencia o no te encontrás en ninguna de las situaciones antes mencionadas, deberás pagar una multa para regularizar tu situación electoral. El monto de la multa se determinará según tu historial de faltas del mismo tipo y va desde los 50 a los 500 pesos

Para pagar la multa, deberás ingresar al Registro de Infractores al Deber de Votar con tu número de DNI y generar un cupón de pago que luego puede abonarse presencialmente en el Banco Nación o mediante canales electrónicos. Una vez hecho el pago, podrás descargar tu constancia de cumplimiento.

 

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