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Edenor y Edesur deberán avisar los cortes de luz con 48 horas de anticipación

La medida fue tomada por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad y publicada en el boletín oficial

Nazareno Napal
21/09/2023
Edenor y Edesur deberán avisar los cortes de luz con 48 horas de anticipación

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) dio luz verde a un nuevo proceso de comunicación sistemática y personalizada que requiere que las interrupciones en el suministro eléctrico sean notificadas con un mínimo de 48 horas de antelación.

Mediante la Resolución 696/2023, recientemente publicada en el Boletín Oficial, el organismo introdujo el “Procedimiento de Difusión de Cortes Programados de Suministro Eléctrico”, que deberá ser implementado obligatoriamente por las compañías distribuidoras Edenor y Edesur.

Este protocolo establece que las empresas deben notificar con al menos 48 horas de anticipación cualquier interrupción del servicio planificada previamente, ya sea por motivos de reparación, mantenimiento o mejoras programadas.

En la comunicación que deben reenviar 24 horas antes del inicio de cada corte, estas distribuidoras deben incluir información sobre la fecha, áreas afectadas, razón del corte (indicando la actividad técnica responsable) y una estimación del tiempo de duración, especificando el horario de inicio y restauración del servicio. 

Además, deben proporcionar una serie de recomendaciones para que los usuarios afectados puedan proteger sus dispositivos eléctricos e instalaciones, según lo establecido en el documento oficial.

Para garantizar la difusión efectiva, ambas distribuidoras deben notificar los cortes programados a través de su aplicación corporativa para dispositivos móviles o utilizando los canales de comunicación registrados por los usuarios. También deben mantener actualizada la información sobre los cortes en sus sitios web y comunicarlos a través de medios gráficos, radiales, televisivos y redes sociales. 

El ENRE exigió que el procedimiento aprobado sea visible para el público en general, por lo que deberá estar disponible en los sitios web de las empresas, mencionarse en las facturas y mostrasrse mediante al menos un afiche en la entrada principal y otros lugares visibles en las oficinas de atención al público, según lo dictaminado por el ente regulador. 

Las empresas tienen un plazo de veinte días hábiles a partir de esta fecha para poner en práctica este procedimiento. 

 

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