Los supermercados tienen desde este miércoles la obligación de señalizar en las góndolas el producto más barato para cada categoría, medida que comenzó a implementarse en los últimos días según lo dispuso la Ley de Góndolas.
El 12 de mayo la Secretaría de Comercio Interior, a través de la Resolución 485, estableció la obligatoriedad de señalizar con una cartelería destacada el producto de menor precio por unidad de medida.
La norma reglamentó el inciso C del artículo 7 de la Ley de Góndolas que exige que los productos más baratos por unidad en cada góndola deben estar a altura equidistante entre el primer y el último estante, y que el valor no puede ser de “carácter transitorio”.
De esta forma, el precio más bajo no podrá surgir de ofertas, bonificaciones o descuentos de cualquier tipo; y deberá estar exhibido con cartelería perpendicular a la góndola que indique la leyenda de “MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545”.
La ley busca generar un trato igualitario entre los diferentes proveedores para evitar prácticas que perjudiquen o pongan en riesgo la libre competencia o generen distorsiones de mercado, y ampliar la oferta de productos, para que puedan tener un lugar en la góndola aquellos bienes elaborados por las micro, pequeñas y medianas empresas, o por el sector de la agricultura familiar, campesina, indígena, de la economía popular y de cooperativas y asociaciones mutuales.