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Denunciaron a un intendente de Juntos por "extenderse" en las restricciones

La justicia falló en contra del municipio de Arrecifes, al declarar la inconstitucionalidad de una restricción implementada por el intendente Olaeta durante la pandemia.

  • Denunciaron a un intendente de Juntos por ”extenderse” en las restricciones
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En el municipio de Arrecifes, dirigido por el polémico intendente  Javier Olaeta, durante la pandemia por COVID-19 impusieron una restricción horaria a las estaciones de servicio, a pesar de que las mismas estaban contempladas dentro de los servicios esenciales.

En ese marco, uno de los expendios de combustible perjudicados impulsó acciones legales contra la gestión municipal de Arrecifes, y por medio del Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de San Nicolás se declaró “inconstitucional” la restricción implementada.

Específicamente, el problema inició por un decreto firmado a mediados del 2020 por el intendente de Arrecifes, Javier Olaeta (Juntos por el Cambio), el cual establecía que “los comercios de expendio de combustibles o Estaciones de Servicio, incluidos los espacios de venta de otros productos ubicados en los mismos establecimientos, tendrán horario de cierre a las veinte (20:00) horas, pudiendo iniciar actividades a partir de las seis (06:00) del siguiente día” .

[caption id="attachment_101052" align="aligncenter" width="640"] Municipalidad de Arrecifes[/caption]

También que el artículo N° 1 de dicho decreto se disponía: “Las actividades exceptuadas del aislamiento social, preventivo y obligatorio, establecidas en el referido Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/20 desarrolladas en locales comerciales, industriales y manufactureros ubicados en el partido de Arrecifes, tendrían horario de cierre diario a las dieciséis (16:00) horas, pudiendo iniciar actividades a partir de las seis (06:00) horas del día siguiente, debiendo permanecer cerrados en cualquier otro horario. Exceptuando del cumplimiento de esa franja, a las actividades que desarrollen las farmacias de turno, los servicios de entrega a domicilio y las agencias de remises”.

Según la justica pudo comprobar, las disposiciones que figuraban en el decreto firmado por el municipio colisionaban con lo que estableció el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 297/2020, el cual incluía todas aquellas actividades que debían ser exceptuadas de restricciones horarias, debido a que consideraban prestadoras de un servicio esencial.

En concreto, el DNU N° 297/2020 estableció: “Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica”.

Por su parte, la jueza a cargo, María Isabel Fulgheri, encontró al intendente Olaeta, “refrendado por el Secretario de Hacienda, Sr. Bóveda”, como responsable de "exceso de autoridad, afectando la propiedad privada y el derecho a trabajar".

Finalmente, la jueza concluyó en declarar “inconstitucional” el decreto del Municipio, puesto que “la actividad administrativa municipal afectó irrazonablemente garantías”.

Por su parte, la gestión municipal de Arrecifes presentó una apelación que derivaría en una nueva instancia judicial. Cabe aclarar que de mantenerse firme el fallo de la justicia, la comuna deberá pagar compensaciones económicas equivalentes a las pérdidas que le significó dicha restricción a las expendedoras de combustibles.

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