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La Justicia Federal suspendió los artículos del DNU sobre Sociedades Anónimas Deportivas

La Justicia Federal de Mercedes hizo lugar a un pedido de inconstitucionalidad presentado por la Liga de Fútbol de Salto y ordenó al gobierno de Javier Milei no avanzar con la iniciativa hasta que se dicte una sentencia de fondo.

Andrea Lazaro
30/01/2024
La Justicia Federal suspendió los artículos del DNU sobre Sociedades Anónimas Deportivas

La Justicia Federal de Mercedes dejó sin efecto dos artículos del decreto de necesidad y urgencia (DNU) de Javier Milei que autorizaban a los clubes a convertirse en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). La medida cautelar, que surgió a raíz de un pedido de inconstitucionalidad presentado por la Liga de Fútbol de Salto, insta al Gobierno que se abstenga de avanzar con la implementación de esta medida hasta que se emita una sentencia de fondo.

De acuerdo a lo informado por la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) a través de un comunicado difundido en sus redes sociales, el juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto dictaminó "la suspensión de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, en vigencia desde el 29 de diciembre", al tiempo que resolvió que la medida rija "hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva, comunicándose lo resuelto por la presente por intermedio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Presidencia de la Nación".

Cabe destacar que Alejandro Higa, dirigente de la Liga de Futbol de Salto Asociación Civil había promovido una "una acción declarativa de certeza de inconstitucionalidad contra el Estado Nacional a fin de que se decrete la inconstitucionalidad de los artículos 335 y 345 del Decreto de Necesidad y Urgencia". 

Los artículos establecían que "no podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias".

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